INFORMES DE AUDITORÍA DE CUENTAS Y DE FISCALIZACIÓN POR LOS ÓRGANOS DE CONTROL EXTERNO

Informacion relativa al 2021 (Última actualización realizada el 10/10/2022)

Según los criterios que determinan esta obligación de auditorías, Casa Hiralal, S.L. no está obligada a auditar sus cuentas. Estos criterios establecen que se cumplan, durante dos ejercicios continuados, dos de los tres requisitos que se indican a continuación:

  • Importe de la cifra de negocios superior a los 5.700.000,00 euros.
  • Total de activos superior a 2.850.000,00 euros.
  • Número medio de trabajadores durante el ejercicio superior a 50.

Además, existen otros criterios que obligan a las empresas a auditar sus cuentas. Se trata de criterios recogidos en el Real Decreto 1517/2011 y son los que a continuación se indican:

  • Que, durante el ejercicio, la sociedad reciba con cargo a los presupuestos de los fondos de la Unión Europea o de las Administraciones Públicas, subvenciones o ayudas por un importe acumulado de 600.000,00 euros.
  • Que, durante el ejercicio, la sociedad realice contratos con Administraciones Públicas que sobrepasen los 600.000,00 euros y estos supongan más del 50% de la cifra de negocio de la empresa.

Estados Financieros de las Cuentas Anuales de 2019

Informe de Cuentas Anuales 2019

Estados Financieros de Cuentas Anuales 2020

Informe de Cuentas Anuales 2020

Cuentas Anuales 2018 Estados Financieros

Cuentas Anuales 2018 Memoria

Cuentas Anuales 2019 Estados Financieros

Casa Hiralal – Cuentas Anuales 2019 Memoria

Cuentas Anuales 2020 Estados Financieros

Cuentas Anuales 2020 Memoria

Informes de auditoría.docx